La Asamblea Nacional aprobó este viernes, por unanimidad, la Ley de Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles destinados a Vivienda, una normativa que el oficialismo presenta como parte de la respuesta para atender a las miles de familias que quedaron sin hogar tras los terremotos del pasado 24 de junio.
La sesión ordinaria se realizó nuevamente desde La Carlota, debido a los daños estructurales que sufrió el Palacio Federal Legislativo durante el doble sismo. Además de la nueva legislación, los diputados aprobaron la designación de Manuel Enrique Castillo Rengifo como embajador de Venezuela en Bielorrusia.
La nueva ley contiene 27 artículos y una disposición transitoria, con los que se establecen las condiciones para el arrendamiento de viviendas, los derechos y obligaciones tanto de propietarios como de inquilinos, así como los mecanismos para resolver conflictos relacionados con estos contratos.
Contratos escritos y pagos en bolívares o divisas
Uno de los principales aspectos de la normativa es que todos los contratos de arrendamiento deberán formalizarse por escrito, ya sea mediante documento privado o autenticado ante una notaría pública.
Los contratos deberán incluir la identificación de las partes, la descripción del inmueble, la duración del alquiler, el monto del canon, la forma de pago y la responsabilidad sobre los servicios públicos asociados a la vivienda.
La ley también establece que el pago podrá realizarse en bolívares o en moneda extranjera, siempre que exista acuerdo entre ambas partes.
Ajustes del canon tendrán límites
Durante la discusión parlamentaria, uno de los artículos que generó mayor debate fue el relacionado con el ajuste del canon de arrendamiento.
Inicialmente, el proyecto establecía que el incremento no podía superar el Índice Nacional de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central de Venezuela. Sin embargo, la diputada Anahís Plaza planteó modificar el texto para aclarar que esa limitación solo aplicará cuando el canon sea cancelado en bolívares.
Finalmente, el artículo fue reformulado para precisar que los aumentos en bolívares no podrán exceder el índice oficial de inflación, mientras que los contratos pactados en otras monedas se regirán por los acuerdos establecidos entre las partes.
Asimismo, quedó establecido que el monto del alquiler permanecerá inalterable durante la vigencia del contrato, salvo que propietario e inquilino acuerden una modificación conforme a la ley.
Viviendas deberán cumplir condiciones mínimas
La legislación prohíbe ofrecer en alquiler inmuebles que no reúnan condiciones básicas de habitabilidad.
Entre ellos figuran viviendas ubicadas en zonas declaradas de alto riesgo, edificaciones construidas con materiales inadecuados o inmuebles producto de demoliciones o construcciones inconclusas.
Cuando el contrato no especifique su duración, la ley presume una vigencia inicial de un año, prorrogable por acuerdo entre las partes.

