¿Qué esperar de un Estado de Conmoción?

El presidente Nicolás Maduro anunció este miércoles 23 de septiembre que estudia la posibilidad de declarar un estado de conmoción exterior frente a las recientes amenazas de Estados Unidos en el Caribe sur, tras el despliegue de destructores y aviones F-35 en operaciones antidrogas.

Maduro explicó que la medida tiene como objetivo que «toda la nación» y cada ciudadano cuente con respaldo y protección, así como con la activación de todas las fuerzas de la sociedad venezolana para responder a cualquier eventual ataque contra el país.

Desde el inicio de las operaciones estadounidenses, que incluyeron la destrucción de cuatro «narcolanchas» y la muerte de al menos 17 personas, la administración venezolana respondió con un alistamiento permanente y entrenamiento semanal de la población, abarcando manejo de armas, evaluación de espacios y técnicas de combate. Según Maduro, un decreto de conmoción exterior permitirá prepararse «para cualquier escenario y garantizar la estabilidad, la soberanía y la unión del país».

Marco constitucional y derechos ciudadanos

El artículo 338 de la Constitución venezolana establece que un estado de excepción puede decretarse en caso de conflicto interno o externo que ponga seriamente en peligro la seguridad de la nación, sus ciudadanos o instituciones.

La organización Acceso a la Justicia puntualizó que cualquier estado de excepción debe dictarse «por situaciones evidentes y tangibles», y no por meras especulaciones. Además, precisó que, de aplicarse, sería la primera vez que se declara un estado de conmoción exterior desde la Constitución de 1999, coexistiendo con el estado de emergencia económica vigente desde abril de 2025.

Un estado de conmoción exterior tiene una duración máxima de 90 días, prorrogables por un período similar. La Constitución establece derechos que no pueden ser limitados, como el derecho a la vida, la prohibición de tortura, el debido proceso, la libertad personal, la participación política, y la protección de la familia, entre otros. Sin embargo, Acceso a la Justicia advierte que «la restricción de algunos derechos siempre afecta a otros por estar estrechamente vinculados».

Atribuciones del Ejecutivo

La Ley Orgánica sobre Estados de Excepción faculta al presidente, en Consejo de Ministros, a tomar «todas las medidas que estime convenientes» ante amenazas graves a la seguridad nacional. Entre estas acciones se incluyen:

  • Imponer servicios extraordinarios a ciudadanos y empresas.
  • Limitar o racionar servicios o artículos de primera necesidad.
  • Realizar erogaciones fuera de la Ley de Presupuesto.
  • Suspender temporalmente leyes que interfieran con las medidas del decreto.
  • Movilizar a la Fuerza Armada y requisar bienes muebles o inmuebles necesarios para restablecer la normalidad.

Acceso a la Justicia subraya que las confiscaciones deben realizarse por escrito, con obligación de devolución o indemnización si los bienes sufren daños. La organización advierte que, aunque estas medidas buscan el bien común, deben respetar los principios de proporcionalidad y temporalidad, asegurando que tras el estado de excepción haya más democracia, no menos.